ASESORÍA LEGAL

En razón de la obligación Constitucional de contribuir para los gastos públicos, nuestra firma establece la premisa de cumplir en forma oportuna y óptima con la misma, siendo necesario para ello evaluar a través de su grupo de especialistas el régimen fiscal aplicable, llevando a cabo la adecuada interpretación de las disposiciones legales, detectando la viabilidad para la generación de ahorros fiscales que permitan hacer más eficientes de esta forma los recursos de su empresa.

Con base a lo anterior resulta importante conocer de la empresa, su constitución, sus actividades, y otras particularidades que permitan generar el diagnóstico para establecer la alternativa fiscal para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, ofreciendo de esta forma un servicio integral y de plena satisfacción.

Algunas actividades en la práctica profesional de esta materia son:

• Análisis de disposiciones fiscales
• Implementación de figuras corporativas con beneficios fiscales
• Devolución y/o compensación de saldos a favor de impuestos federales
• Auditoría fiscal

Hoy en día, con base a la presencia del derecho en las distintas actividades diarias, resulta de vital importancia una oportuna y adecuada asesoría en la materia, mismo servicio que nuestra firma presta a través de un importante staff de especialistas que proporcionan a nuestros clientes las herramientas adecuadas que le den un mejor acceso a la Justicia.

Las distintas autoridades e instituciones administrativas gozan de plenas facultades para ejercitar sus facultades de revisión a las empresas, culminando en algunas ocasiones dicho ejercicio en la determinación de obligaciones que se deben cumplir, por lo que nuestra firma al ser especialista en la rama del derecho administrativo, nos permite de manera eficiente, para salvaguardar los intereses de nuestros clientes, inconformarnos en contra de resoluciones determinadoras de créditos fiscales, en contra de autoridades como son:

Impuestos omitidos, diferencias de los pagados; recargos, actualizaciones y multas, provenientes del ejercicio de sus facultades:

INFONAVIT:

Por diferencias sobre liquidaciones bimestrales, por omisión, etc.

IMSS:

Por omisión, por cambio de prima de riesgo, etc.

TESORERIA Y FINANZAS LOCALES:

Por impuestos objeto de su jurisdicción.

ADUANAS (SAT):

En materia de Comercio Exterior, PAMA, etc.